Hasta el cierre del plazo, las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural recibieron 169 recursos de revisión de aspirantes inhabilitados al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), al Tribunal Agroambiental (TA) y al Consejo de la Magistratura (CM).
De ese total, 57 memoriales de recursos de revisión corresponden al TCP, 38 al TSJ, 60 al CM y 14 al TA.
Cumplida esta séptima fase del proceso de preselección, este martes empezará el proceso de revisión de los recursos y concluirá el sábado, para luego publicar las listas finales de los aspirantes que pasaron a la evaluación de méritos.
Para esta labor, la Comisión Mixta de Constitución remitirá los recursos de revisión a la Comisión Mixta de Justicia Plural, que actúa como instancia de apelación última. A su vez, los miembros de la Comisión Mixta de justicia Plural enviarán a la Comisión Mixta de Constitución la documentación de los recursos de revisión de los aspirantes al Tribunal Agroambiental y al Consejo de la Magistratura.
Las resoluciones de las comisiones mixtas “causarán estado” y no habrá más opciones de apelación para los aspirantes afectados.
Según el cronograma, el domingo 7 de abril se debe publicar la lista de los postulantes habilitados para la evaluación de méritos, que consta de dos etapas: evaluación de experiencia profesional, formación académica y producción intelectual (100 puntos) y examen de preguntas escritas y respuestas orales (100 puntos).
Este proceso de evaluación de méritos se realizará del 8 al 21 de abril.
Para pasar a la etapa preselección a cargo de la Asamblea Legislativa Plurinacional, las y los postulantes al TCP, TSJ, Tribunal Agroambiental y al Consejo de la Magistratura deben obtener en la evaluación una nota igual o mayor a 130 puntos.
“Excepcionalmente, a falta de un representante indígena originario campesino o en caso de que no se llegue a la equidad de género, se habilitará a la o el postulante que tenga la siguiente mejor calificación que sea indígena originario campesino o mujer, según corresponda, del número total de postulantes a nivel nacional”, apunta el artículo 37 de la Ley 1549 Transitoria para las elecciones judiciales.
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