El Gobierno nacional aprobó el Reglamento al Decreto Supremo 5271 con el que los empresarios y productores privados podrán importar y comercializar combustibles.
«De acuerdo a los plazos establecidos en el Decreto Supremo 5271 tenemos que presentar la reglamentación para la importación y comercialización de combustibles por parte privada», informó el viceministro de Industrialización, Comercialización, Transporte y Almacenaje de Hidrocarburos, Adams Hurtado.
La autoridad anunció la aprobación del documento en una conferencia de prensa, junto al director ejecutivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), Germán Jiménez, y el gerente de Comercialización de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Joel Callaú.
Hurtado indicó que se emitió la Resolución 208/2024, que implementa una metodología para calcular precios diferenciales de diésel y gasolina para que los importadores privados puedan hacer las compras de acuerdo a las condiciones del mercado, conforme a las reuniones que se realizaron con los sectores productivos y empresariales.
Recordó también que que la ANH es la encargada de aplicar dicha resolución y que la entidad también aprobó sus propias normativas.
«Con esto, nosotros hemos cumplido como Gobierno nacional en el tema administrativo», afirmó.
Adicionalmente, dijo que se instaló dos ventanillas únicas de importación donde se realizarán los trámites necesarios y se facilitarán las compras.
Explicó también que el destino final del combustible dependerá del tipo de contrato que realice el empresario con la distribuidora.
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